Una jueza estadounidense desestimó este martes una demanda presentada contra la línea de cruceros Norwegian Cruise al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton sobre Cuba, tras adoptar una decisión similar a favor de la MSC Cruises S.A. Video: TV Cubana.


Jueza estadounidense desestima otra demanda sobre Cuba contra línea de cruceros

Cubadebate

Una jueza estadounidense desestimó este martes una demanda presentada contra la línea de cruceros Norwegian Cruise al amparo del Título III de la Ley Helms-Burton sobre Cuba, tras adoptar una decisión similar a favor de la MSC Cruises S.A.

La magistrada Beth Bloom emitió una orden en Miami, Florida, en la cual desestimó la reclamación con perjuicio, lo cual significa que la corte adoptó una determinación final sobre los méritos del caso y que, por lo tanto, el demandante tiene prohibido presentar otra acción legal basada en los mismos motivos.

Havana Docks Corporation, una compañía que dice ser “propietaria legítima de ciertos bienes inmuebles comerciales” en el Puerto de La Habana, interpuso una demanda el 27 de agosto pasado contra Norwegian Cruise y otras dos empresas, MSC Cruises y Royal Caribbean, por el uso de esa infraestructura.

En la reclamación se señaló que, a partir de marzo de 2017, y durante los próximos dos años Norwegian, “a sabiendas e intencionalmente comenzó, condujo y promovió su negocio comercial de líneas de cruceros a Cuba”, por lo cual embarcó y desembarcó regularmente a sus pasajeros “sin la autorización del demandante o cualquier ciudadano de Estados Unidos que tenga un reclamo sobre la propiedad sujeta”.

Por su parte, la línea de cruceros argumentó en una moción que la demanda debía ser desestimada por cuatro razones, entre ellas que el reclamante no menciona hechos suficientes para alegar plausiblemente que traficaba o viajaba ilegalmente a sabiendas y de forma intencional.

La compañía añadió que la aplicación del Título III en este caso violaría la Cláusula ex post facto y vulneraría retroactivamente la Cláusula del Debido Proceso y apuntó, además, que Havana Docks Corporation no alegó que el demandado traficaba con bienes sobre los cuales el demandante posee un reclamo.

Asimismo, como el demandante poseía un contrato de arrendamiento por tiempo limitado que habría terminado en 2004 si la terminal no hubiera sido nacionalizada en 1960, Norwegian argumentó que la “propiedad” no es un asunto de la reclamación, porque el interés del reclamante habría expirado 13 años antes de la llegada de sus barcos a la isla.

En el documento emitido por la jueza para desestimar este caso, se indicó que “el reclamo del demandante que involucra una concesión por tiempo limitado no le da derecho a reclamar por actividades que tuvieron lugar años después”.

Bloom se pronunció del mismo modo en un documento del 3 de enero, en el cual rechazó igualmente la acción presentada contra MSC Cruises por Havana Docks Corporation.

La Ley Helms-Burton, aprobada por el Congreso estadounidense en 1996, codifica el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Washington contra Cuba hace casi 60 años.

Su Título III, que la administración de Donald Trump activó el 2 de mayo de 2019, permite a ciudadanos estadounidenses presentar reclamaciones contra personas y entidades, incluso de terceros países, que inviertan en propiedades nacionalizadas en Cuba tras el triunfo de la Revolución el 1 de enero de 1959.

(Con información de PL)

 

Desestiman demanda judicial contra MSC Cruises SA amparada en Título III de la Helms-Burton

Cubadebate

La jueza estadounidense Beth Bloom desestimó una demanda presentada contra la línea de cruceros MSC Cruises bajo el Título III de la controvertida Ley Helms-Burton contra Cuba.

El embajador de la isla caribeña en Estados Unidos, José Ramón Cabañas, difundió en su cuenta de Twitter un enlace al texto de la orden emitida por la magistrada en Miami, Florida, la cual tiene fecha del 3 de enero.

Havana Docks Corporation, una compañía que dice ser "propietaria legítima de ciertos bienes inmuebles comerciales" en el Puerto de La Habana, interpuso una acción legal el 27 de agosto pasado contra MSC Cruises y otras dos empresas, Norwegian Cruise y Royal Caribbean, por el uso de esa infraestructura.

En la reclamación se señaló que el 10 de diciembre de 2018 o cerca de esa fecha, MSC Cruises "inició, condujo y promocionó" sus negocios comerciales en Cuba, al embarcar y desembarcar regularmente a sus pasajeros "sin la autorización del demandante o cualquier ciudadano de Estados Unidos que tenga un reclamo sobre la propiedad sujeta".

Sin embargo, la línea de cruceros argumentó en una moción que la demanda debía ser desestimada por cuatro razones, entre ellas que quienes presentaron la reclamación "no incluyeron suficientes acusaciones sobre el presunto tráfico de los acusados en la propiedad".

La moción añadió que el reclamo fracasa como una cuestión de derecho y que el Título III de la Ley Helms-Burton viola la cláusula del debido proceso de la Quinta Enmienda de la Constitución estadounidense.

Además, los demandados argumentaron que la "propiedad" no es un asunto de la reclamación, porque el interés del reclamante en la propiedad en cuestión se basa en un arrendamiento que expiró en 2004.

En el documento emitido por Bloom, se indicó que "el reclamo del demandante que involucra una concesión por tiempo limitado no le da derecho a reclamar por actividades que tuvieron lugar años después de que ya no posee interés en la propiedad", y la magistrada desestimó la demanda con perjuicio.

Según el Instituto de Información Legal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Cornell, eso significa que la corte adoptó una determinación final sobre los méritos del caso y que, por lo tanto, el demandante tiene prohibido presentar otra acción basada en los mismos motivos.

La Helms-Burton, que fue aprobada por el Congreso estadounidense en 1996, codifica el bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Washington contra Cuba hace casi 60 años.

Su Título III, que la administración de Donald Trump decidió activar el 2 de mayo de 2019, permite a ciudadanos estadounidenses presentar reclamaciones contra personas y entidades, incluso de terceros países, que inviertan en propiedades nacionalizadas en Cuba tras el triunfo de la Revolución el 1 de enero de 1959.

(Información de Prensa Latina)

 

Gana cadena Meliá acción judicial en Estados Unidos por hoteles en Cuba

Cubadebate

Una jueza estadounidense decidió apartar a la cadena hotelera española Meliá de una demanda interpuesta en su contra al amparo del Título III de la controvertida Ley Helms-Burton contra Cuba, difundió hoy la revista Preferente.

De acuerdo con esa publicación española, especializada en turismo, la magistrada Cecilia M. Altonaga, del sureño estado norteamericano de Florida, paralizó ayer un juicio previsto para el próximo 10 de enero en el cual debía estudiarse la reclamación de una familia sobre el uso de uno de los hoteles administrados por Meliá en la isla caribeña.

El medio, que dijo haber tenido acceso al documento de la orden judicial, informó que el mismo escrito aparta también de la causa a agencias de reserva de viajes en Internet como Trivago, y a los grupos hoteleros cubanos Gran Caribe, Cubanacán y Gaviota.

Según Preferente, Meliá presentó el 31 de diciembre una moción ante el tribunal de Florida para poner fin al litigio, una petición que fue estimada solo dos días después por la jueza que instruye la causa.

El proceso debía iniciarse la próxima semana, cuando las partes tenían que seleccionar un mediador y programar una hora, fecha y lugar para llevar a cabo el encuentro, y unos días más tarde, el 31 de enero, debían presentarse los alegatos.

Como parte de su creciente hostilidad hacia Cuba, la administración de Donald Trump activó el 2 de mayo de 2019 el Título III de la Ley Helms-Burton de 1996, el cual permite a los estadounidenses interponer demandas en las cortes norteamericanas contra personas y entidades, incluso de terceros países, que inviertan en el territorio cubano en propiedades nacionalizadas tras el triunfo de la Revolución el 1 de enero de 1959.

En lo que es visto como una contradicción con el derecho internacional, ese acápite otorga autoridad de reclamantes a cubanoamericanos que eran ciudadanos cubanos en el momento en que las propiedades fueron nacionalizadas.

A raíz de esa activación, ese mismo mes miembros de la familia Mata introdujeron una reclamación colectiva en la corte federal del Distrito Sur de Florida, para pedir compensación por el uso del hotel Meliá San Carlos, ubicado en la central provincia cubana de Cienfuegos.

La acción legal interpuesta en ese momento mencionó a los grupos hoteleros cubanos Gran Caribe, Cubanacán y Gaviota, así como a la corporación Cimex, y en ese momento no incluyó a Meliá, pero la cadena española fue adicionada en septiembre.

El resultado de esta semana en Florida se produce luego de que, también en septiembre pasado, Meliá tuvo otro éxito en las cortes cuando la justicia española ordenó archivar en el país europeo una demanda planteada contra el grupo por la familia Sánchez-Hill, debido a la supuesta explotación ilegítima de unos hoteles en Cuba.

(Con información de Prensa Latina)

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