Los días 30 y 31 de mayo de 2022 se realizó la vista oral de la Causa No. 12/2022, del Tribunal Municipal Popular de Centro Habana. Video: TV Cubana.


Informan sobre proceso penal donde fueron juzgados los ciudadanos Luis Manuel Otero Alcántara y Maikel Castillo Pérez

Cubadebate

Los días 30 y 31 de mayo de 2022 se realizó la vista oral de la Causa No. 12/2022, del Tribunal Municipal Popular de Centro Habana, en la que comparecieron como acusados los ciudadanos Luis Manuel Otero Alcántara, Maikel Castillo Pérez, Félix Roque Delgado, Juslid Justiz Lazo y Reina Sierra Duvergel, por delitos de ultraje a los símbolos de la patria, desacato, difamación de las instituciones y organizaciones y de los héroes y mártires, atentado, resistencia y desórdenes públicos.

Durante las sesiones del juicio los acusados fueron escuchados; en su presencia se practicaron las pruebas testificales, documentales y periciales propuestas por el Fiscal y los abogados que los representaron.

En el día de hoy, el Tribunal notificó la sentencia a la Fiscalía, en la que valoró las pruebas practicadas y arribó a la convicción sobre los hechos probados en la vista oral y su lesividad social, determinó la responsabilidad de los enjuiciados, así como la postura asumida y los actos realizados por cada uno.

El Tribunal, en el caso de Otero Alcántara, argumentó el ánimo expreso, sostenido  en el tiempo, de ofender a la bandera nacional, mediante la publicación de fotos en redes sociales donde se le utiliza en actos denigrantes, acompañados de expresiones notoriamente ofensivas e irrespetuosas, menospreciando los sentimientos de nacionalidad y orgullo que le profesa el pueblo cubano a nuestra enseña patria.

Razonó además el Tribunal que Castillo Pérez, con el propósito manifiesto de ultrajar, afectar el honor y la dignidad de las máximas autoridades del país, utilizó imágenes falsas de estos manipuladas digitalmente, que hizo públicas en las redes sociales; y con igual fin realizó intervenciones directas desde su perfil personal para deshonrar la función que cumplen los agentes del orden en la sociedad, las que comprometieron la convivencia social y colectiva y entrañan una afrenta hacia los mismos.

Igualmente estimó probadas las acciones violentas realizadas por Castillo Pérez, Roque Delgado, Justiz Lazo y Sierra Duvergel, contra dos agentes del orden, a uno de los cuales golpearon, frustrando la detención del primero de estos; así como los actos ejecutados por Otero Alcántara y Castillo Pérez al provocar una aglomeración de personas que ocuparon la vía pública e insultaron a las autoridades; todo lo cual amplificaron en perfiles, sitios, canales y publicaciones realizadas en plataformas digitales existentes en las redes sociales.

Como resultado de los hechos probados y la participación de los acusados, sancionó a 5 años de privación de libertad a Luis Manuel Otero Alcántara, como autor de los delitos de ultraje a los símbolos de la patria, desacato y desórdenes públicos.

Asimismo impuso 9 años de privación de libertad a Maikel Castillo Pérez, por los delitos de desacato, atentado, desórdenes públicos y difamación de las instituciones y organizaciones, héroes y mártires.

A Félix Roque Delgado, lo sancionó a 5 años de privación de libertad por el delito de atentado.

En el caso de Juslid Justiz Lazo y Reina Sierra Duvergel, como autoras de un delito de atentado, las condenó a 3 años de privación de libertad, sustituida por igual período de trabajo correccional sin internamiento; quienes fueron apercibidas de que la negativa, incumplimiento u obstaculización de las obligaciones expuestas en la sentencia, o el hecho de que resultaren sancionadas a privación de libertad por un nuevo delito, dará lugar a que cumplan el resto de la sanción de privación de libertad originalmente impuesta.

Conforme establece la ley, los acusados y el Fiscal tienen el derecho a establecer recurso de apelación.

(Con información de la Fiscalía General de la República)

 

Delitos comunes nunca serán políticos

Oscar Figueredo Reinaldo

Cubadebate

A pesar de la manipulación mediática que pretende torcer la realidad, cinco ciudadanos cubanos fueron juzgados recientemente por desorden público, desacato, ultraje a los símbolos de la patria, atentado y difamación, entre otros delitos comunes, en la causa 12/22 del Tribunal Municipal Popular de Centro Habana.

Luis Manuel Otero Alcántara es el último en salir de la sala. Viste de gris azulado y durante dos días fue el más cercano al estrado donde se sientan los abogados de la defensa. Cerca está Maikel Castillo, el Osorbo, quien lleva ropa similar.

También en primera fila, y de frente al tribunal, Félix, Juslid y Reina escuchan atentos las previsiones de la presidenta. Fueron también acusados por los altercados del 4 de abril del 2021 en las calles habaneras.

Pasaron 25 minutos después de la una de la tarde. En la sala todos se ponen de pie y, tras ejercerse el derecho de última palabra, el juicio queda concluso para sentencia.

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Hacía calor en La Habana el domingo 4 de abril del 2021. A pesar de la COVID-19, muchos transitaban por las calles y el corazón de la urbe, en su centro histórico, era un enjambre de gente.

Juslid Juztiz Lazo salió de su casa solo acompañada por un bolso. Tenía el pelo suelto y andaba por el barrio, como de costumbre.

“Se me olvidó el nasobuco”, recuerda ante el estrado.

A pocos metros de su casa –relata la joven– se encontró con Félix, su vecino, y otro compañero. El hombre a su lado era Maikel Osorbo.

Lo que sucedió en los minutos siguientes es conocido. Fueron varios los videos compartidos en las redes sociales y los titulares de los medios pagados de Miami: “Pueblo de Cuba impide la detención del rapero cubano Maikel Osorbo”.

Sin embargo, las historias no encajan.

Andry Roberto Celestino es el más espigado de los dos policías que intervinieron en Cuba y Acosta. El joven es el chofer del patrullero y recuerda muy bien los hechos.

“Luego de llamarle la atención a la muchacha, intervino Maikel Castillo (Osorbo). Tras pedirle su identificación, nos refutó y aclamó que él era “el Osorbo, que nadie le ponía nasobuco”.

“Más adelante –continúa su relato el agente– tratamos de detenerlo, pero solo le logré poner una esposa. Cuando tratamos de hacerlo, varias personas intercedieron por él”.

–¿Quiénes intervinieron? –pregunta el representante del ministerio fiscal.

–La ciudadana Juslid, otro compañero con un niño y una mujer que pasaba por allí.

–¿Y cómo fueron los hechos?

–Al principio, Osorbo estaba más tranquilo, pero luego se tornó violento y trató de quitarme el arma de la funda. Cuando mi compañero intentó quitarle la mano de allí, entonces le dio una patada. El resto de los ciudadanos empujaban y daban golpes.

Los testimonios de los acusados se contradicen, a pesar de que ofrecen sus alegatos de manera consecutiva.

“El agente patrullero nunca me habló, nunca me dijo nada del nasobuco. Cuando lo vi, intenté ponerme un pañuelo que tenía en el bolso para que no me dijera nada. Maikel se colocó delante para taparme. Cuando me viré, ya lo habían detenido a él”.

–¿Y usted qué hizo, acusada?

–Yo intenté detener a los policías, les dije cosas.

Félix Roque Delgado se había encontrado minutos antes con Osorbo. Tiene a su cargo un pequeño de meses que sostenía en sus brazos cuando ocurrió todo.

“Nos piden la identificación y Maikel le dice que él no tiene carné de identidad. Los patrulleros le preguntan el motivo y él responde que a él lo atiende la Seguridad del Estado. Luego hay un empujón y tratan de detenerlo”.

Reina Sierra Duvergel es amiga de Félix. Pasaba por allí cuando vio el “tumulto” y al divisar que estaba con el niño “en medio de aquello” decidió auxiliarlo.

Sin embargo, Reina no puede responder todas las preguntas de la Fiscalía. En varias ocasiones divaga hasta que reconoce que ese día había ingerido bebidas alcohólicas.

Ella agarró a uno de los agentes del orden por la cintura, mientras que Juslid propinaba golpes a los jóvenes uniformados, según se aprecia en los videos de los hechos.

A pesar de que dice no recordar “muy bien lo ocurrido”, las pruebas periciales son contundentes. Los especialistas han presentado las capturas de video, que fueron procesadas hasta obtener una imagen nítida a partir de técnicas antropométricas y el señalamiento descriptivo.

Maikel Castillo Pérez es el último acusado en declarar sobre lo sucedido en la esquina de La Habana Vieja. Él sí reconoce que la muchacha ya había sido requerida por la policía sobre el nasobuco.

“Cuando el policía viene pa´arriba de mí, yo me resisto y comienzan los empujones. Intentan colocarme las esposas, pero logro escapar. Más tarde cojo una bicicleta y me voy para casa de Luis”.

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En el recinto donde se celebra la vista oral de la causa 12/22 del Tribunal Municipal Popular de Centro Habana, la secretaria informa en rápida lectura los presuntos delitos por los cuales son juzgados los ciudadanos reunidos, mientras algunos familiares asienten o niegan con la cabeza las causas que allí se exponen.

Desorden público, desacato, ultraje a los símbolos de la patria, atentado y difamación sobresalen en el texto leído.

El Código Penal aún vigente reconoce como delito de resistencia “al que oponga resistencia a una autoridad, funcionario público o sus agentes o auxiliares en el ejercicio de sus funciones”.

Entretanto, se entiende como atentado “el que emplee violencia o intimidación contra una autoridad, un funcionario público, o sus agentes o auxiliares, para impedirles realizar un acto propio de sus funciones, o para exigirles que lo ejecuten, o por venganza o represalia por el ejercicio de estas”.

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A sus 65 años, Ricardo William Cedeño no había visto jamás tal afrenta a la bandera como la que presenció en varias ocasiones por la televisión.

Natal de Camagüey y residente en la capital hace unos años, no daba crédito a lo que consideró un irrespeto a la enseña nacional y por ello formuló una denuncia ante las autoridades competentes.

Relata que vio a un joven, que podía haber sido su nieto, haciendo gestos lesivos a la bandera nacional junto a una frase escrita: “Me paso la Ley de Símbolos por los c…”.

Por esos días, también circularon en las redes sociales otras ofensas. El informe de la Fiscalía señala que entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre de 2019, de forma sistemática, Otero Alcántara publicó en las redes sociales 14 imágenes donde se apreciaba “un trato despreciativo a la bandera, la usó como toalla, se acostó junto a ella. Se cubrió con la bandera mientras estaba realizando necesidades”.

Tal criterio lo sostuvo también el jubilado Pedro González. El vecino del Barrio San Isidro recuerda cómo observó a varios niños en los alrededores de Damas 955 arrastrar por el suelo la bandera nacional tras algunas actividades promovidas por Alcántara.

Según datos aportados por el representante del fiscal, en las instituciones cubanas se formularon un total de 30 denuncias contra el ciudadano Luis Manuel Otero Alcántara por el irrespeto a la bandera.

Al acusado se le imputó, entre otras causas, por ultraje a los símbolos de la patria de manera continuada.

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La sección tercera del Código Penal vigente establece en el artículo 144 que “el que amenace, calumnie, difame, insulte, injurie o de cualquier modo ultraje u ofenda, de palabra o por escrito, en su dignidad o decoro a una autoridad, funcionario público, o a sus agentes o auxiliares, en ejercicio de sus funciones o en ocasión o con motivo de ellas, incurre en el delito de desacato”.

Añade que, si el hecho previsto en el apartado anterior se realiza respecto al presidente del Consejo de Estado, al presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a los miembros del Consejo de Estado o del Consejo de Ministros o a los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, la sanción es mayor.

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Durante todo el juicio, los acusados han conversado con sus letrados. Otero Alcántara ha intercambiado en varias ocasiones con su abogado y lograron moldear su defensa. Están tan cerca que, con tan solo una seña, y luego de solicitar el permiso de la presidenta de la sala, se les ve concordar en voz baja.

Al joven defensor no le queda nada por decir, cuestión reconocida por el propio acusado cuando interviene al hacer uso del derecho de última palabra.

“Tengo que agradecerle al tribunal por darme la oportunidad de expresarme. Reconocerla a usted, a todas las autoridades y a mi abogado”.

A la 1:30 p.m. no queda nadie en la sala. En unos días, los cinco acusados conocerían sus sentencias.

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