La Habana, 19 dic (Prensa Latina) Autoridades de los ministerios del Interior y de Justicia, y de la Fiscalía General de la República de Cuba anunciaron hoy las consecuencias jurídicas para las personas incluidas en la Lista Nacional de Terroristas que estaban bajo investigación.


En una emisión especial del programa Hacemos Cuba, los especialistas hicieron referencia a que la fuerza legal y vinculante de la lista produce efectos jurídicos y consecuencias para quienes aparecen en ella.

El pasado 7 de diciembre la Gaceta Oficial de Cuba publicó la Resolución 19/2023 con la relación de personas y entidades sometidas a investigaciones penales y que son buscadas por autoridades, debido a su implicación en actos materializados en la isla y otros países, desde 1999 hasta la actualidad.

 

Cuba reitera severidad de las sanciones contra terroristas

La Habana, 19 dic (Prensa Latina) Autoridades de Cuba reiteraron hoy la máxima prioridad que brinda el país a la investigación y esclarecimiento de actos terroristas contra el Estado, así como la severidad de las sanciones para sus ejecutores.

El vicefesical general de la República, Marcos Caraballo, explicó que los delitos de peligro tienen en el Código Penal de la isla un rango sancionador de entre 10 a 30 años de privación de libertad, y también incluye la cadena perpetua y la pena de muerte para los casos más complejos.

Al intervenir en una emisión especial del programa Hacemos Cuba, relacionada con las implicaciones legales de la Resolución 19/2023 de la Gaceta Oficial con la Lista Nacional de Terroristas, Caraballo subrayó que la Fiscalía realiza un rigoroso trabajo para que los acusados no queden impunes.

Resaltó que esos son delitos imprescriptibles y le corresponde a la Fiscalía el control de la investigación para garantizar derechos, garantías y la obtención de material probatorio para la posterior condena.

Sobre las implicaciones legales para las personas que están en esta lista y viven fuera de Cuba, explicó que las normas jurídicas de la nación caribeña se nutren de normativas internacionales.

Además, señaló, Cuba puede solicitar extradición a otras naciones y también prevé la asistencia penal internacional como investigaciones conjuntas, la ocupación de fondos y la toma de declaración, para la realización de investigaciones efectivas fuera de la frontera nacional.

Igualmente dijo que en este caso es posible utilizar el juzgamiento en ausencia.

Por su parte, el jefe de departamento del órgano de instrucción de la Seguridad del Estado, teniente coronel Francisco Estrada, argumentó que varias de las personas designadas en la lista están con notificación roja de la Policía Internacional (Interpol).

Aunque, denunció, varios de ellos se pasean libremente por Estados Unidos.

Agregó que, para la investigación de todos los acusados, tanto para los que están en el exterior cómo para los se encuentran en territorio nacional, los órganos de investigación de la isla cuentan con materiales comprobatorios objetivos que muestran su participación directa.

Las dos autoridades también hicieron referencia a las implicados por incitar a la realización de acciones que afectan el orden social en Cuba, mediante actos violentos contra funcionarios públicos y el normal funcionamiento de entidades socioeconómicos, así como promover la agresión armada contra Cuba.

Coincidieron en que el uso de las tecnologías para indicar la ejecución de actos terroristas e incluso contactar a sus operadores, no puede considerase como libertad de expresión.

Asimismo, la viceministra de Justicia, Pilar Varona, resaltó que la publicación de cualquier disposición en la Gaceta Oficial tiene validez jurídica y es de obligatoriedad el cumplimiento de lo que en ella se recoge.

En este sentido, manifestó que la isla ha rubricado numerosas resoluciones de Naciones Unidas para el enfrentamiento al flagelo del terrorismo.

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