Oscar Sánchez Serra - Granma.- "Para alcanzar el éxito, lo primero que estamos obligados a modificar en la vida del Partido es la mentalidad, que como barrera sicológica, según mi opinión, es lo que más trabajo nos llevará superar, al estar atada durante largos años a los mismos dogmas y criterios obsoletos. También será imprescindible rectificar errores y conformar, sobre la base de la racionalidad y firmeza de principios, una visión integral de futuro en aras de la preservación y desarrollo del Socialismo en las presentes circunstancias".


Esas ideas fueron expresadas por el General de Ejército Raúl Castro al clausurar, el 19 de abril del 2011, el Sexto Congreso del Partido.

A casi un año de aquel trascendental momento de la historia de nuestra Revolución, las traemos de vuelta para recordar que lo aprobado entonces, no puede ir a parar a una gaveta; significa mucho para la vida de la nación, del pueblo.

¿Cómo entender hoy, a casi doce meses de aprobar los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, que empresas y unidades presupuestadas no hagan una adecuada interpretación y apliquen correctamente y a la luz de la actualización de nuestro modelo, el Reglamento de las facilidades laborales a los trabajadores que estudian en la educación superior, en virtud del Decreto Ley 91/81?

Ese cuerpo legal estipula en su artículo 3 que los trabajadores que estudian en la educación superior en cursos regulares pueden obtener como facilidad para realizar esos estudios un determinado número de días de licencia al año, con derecho a recibir en concepto de préstamo, el importe de los salarios correspondientes a esas jornadas o a que ellas sean consideradas como de licencia sin sueldo. Y añade que: "En ambas opciones de licencia, los días dejados de trabajar acumularán tiempo a los efectos de las vacaciones anuales pagadas".

Pero también aclara que los cursos de la educación superior para trabajadores pueden ser regulares y dirigidos, y que los primeros son aquellos que se corresponden con las necesidades de especialidades comprendidas en los planes de fuerza de trabajo calificada del país, por lo que la citada normativa, en su segundo articulado dispone que serán los únicos a los que se le aplica dicho Reglamento, pues los dirigidos se relacionan con la aspiración del trabajador de elevar su nivel cultural y técnico.

Además, en el artículo 10 se lee: "Los cursos regulares para trabajadores se organizan fundamentalmente para estudiar especialidades de tecnología y aquellas otras que se requiera según las necesidades".

Y evidentemente todo cayó y todavía está cayendo en el primer saco, es decir sobre las espaldas del Estado, pues como se conoce no son mayoría los egresados de carreras tecnológicas, no abundan los ingenieros agrónomos, ni los de explotación del transporte o los ingenieros mecánicos. Granma averiguó con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y conoció que el Decreto Ley 91/81 todavía está vigente hasta que se apruebe el Código de Trabajo, cuyas bases ya fueron examinadas por el Consejo de Ministros. Sin embargo, se aclaró que esa vigencia solo es para cubrir las necesidades estatales.

Por tal motivo las administraciones, además de aplicar sin paternalismo esa disposición, deben estar armadas de los Lineamientos aprobados en el Sexto Congreso y para este caso concretamente el 153: Definir que las condiciones que se creen para que los trabajadores puedan estudiar son bajo el principio de que debe ser a cuenta del tiempo libre del trabajador y a partir de su esfuerzo personal, excepto los casos de especial interés estatal.

Y eso se traduce en que a la hora de aplicarlo los cuadros de dirección tienen que argumentar con solidez, pues sus trabajadores tienen 52 domingos, 26 sábados no laborables y 30 días de vacaciones, en total 108, el 30 % de los días del año para estudiar.

Han de tener en cuenta, además, que en el pasado mes de diciembre, en la Sesión Plenaria de la Asamblea Nacional, al presentarse públicamente el informe de la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos por su Jefe, el vicepresidente del Consejo de Ministros, Marino Murillo Jorge, se hizo una clasificación de los lineamientos, una de las cuales dice: Lineamientos que pueden ser implementados de inmediato o en el corto plazo ya que no dependen de otros, ni de cuantiosos recursos y demuestran que se avanza en el cumplimiento de los Acuerdos del Congreso. El 153 es uno de ellos.

La obra educacional de la Revolución es gigantesca y distingue por su carácter universal y emancipador, en la cual todos tienen derecho. La municipalización de la educación superior es otra muestra fehaciente de ella, pero ha de realizarse sin que atrofie la economía del país, sin flagelar la relación salario-productividad del trabajo y en consonancia con las necesidades de la nación.

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