Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate


La Habana, 21 dic (Prensa Latina) La implementación de la Ley del Proceso Penal de Cuba permitió una mayor calidad del proceso penal y facilita el adecuado enfrentamiento al delito, informó hoy el presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro.

En el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular (Parlamento), Ferro detalló que, desde la entrada en vigor de la normativa se han realizado más de ocho acciones de capacitaciones para todas las partes involucradas en el proceso.

Recordó que entre las nuevas figuras que incluye la Ley destacan las nulidades, las formas de participación de la víctima, la modelación de la celebración del juicio oral con las diferentes partes y sujetos, los medios de impugnación, el control judicial de la medida cautelar de prisión provisional, el habeas corpus, la medida de seguridad posdelictiva terapéutica, entre otras.

Explicó que los tribunales en el presente año radicaron 16 mil 762 asuntos en materia penal y hasta el cierre de octubre resolvieron 12 mil 219 (73 por ciento) y se ejecutaron 10 mil 141 sentencias firmes, que representan el 75 por ciento.

Desde enero del 2022 que entró en vigor la Ley hasta octubre de 2023, en los procesos se identificaron un total de 14 mil 117 víctimas o perjudicados, significó el titular.

En este sentido, agregó que se aprecia un respeto a los derechos de las víctimas; no obstante, en la fase de investigaciones de algunos casos no se deja constancia que fueron oportunamente informados de sus derechos y sobre la posibilidad de constituirse como parte.

Igualmente, expresó que no se practican todas las pruebas necesarias para determinar la real afectación, aspectos que han sido analizados en los protocolos de trabajo y en reuniones del Tribunal Supremo con la dirección del Ministerio del Interior.

En el periodo, dijo, también ha existido un rigor con la imposición de medidas cautelares como prisión provisional, la prohibición de salida del territorio nacional y limitación de los acusados de acercamiento a sus víctimas.

Para asegurar el resarcimiento de los perjudicados, manifestó Ferro que se dispuso la medida de prohibición de enajenar bienes en 21 casos y en cuatro asuntos la fianza, embargo y depósito preventivo de bienes y la suspensión temporal de licencia de conducción se utilizó en todos los casos requeridos.

En el presente año se han juzgado a 15 mil 452 personas, y entre los delitos con mayor incidencia destacan el sacrificio ilegal de ganado mayor, el tráfico de drogas, malversación, robo con fuerza en las cosas, robo con violencia, hurto, cohecho, actividad económica ilícita, especulación y acaparamiento y evasión fiscal.

Argumentó que en sentido general los tribunales cumplen y exigen el cumplimiento de debido proceso establecido en la Constitución de la República y las leyes, y se puede afirmar que la reforma judicial no ha implicado el menoscabo al enfrentamiento al delito.

 

Ley del Proceso Penal: Moderna, práctica y ajustada a los principios de la Constitución

Oscar Figueredo Reinaldo, Yilena Héctor Rodríguez, Deny Extremera San Martín, Abel Padrón Padilla

Cubadebate

Al abordar ante el plenario del Parlamento la aplicación de la Ley 143, Del Proceso Penal, que entró en vigor el 1 de enero de 2022, el presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, destacó que, en la experiencia de las principales entidades vinculadas a la aprobación, la norma facilita la prevención y enfrentamiento al delito. 

Según se conoció en la sesión parlamentaria, a lo largo de 2023, los tribunales analizaron 16 762 asuntos en materia penal.

Al describir los avances de la Ley 143 y los resultados de su aplicación, Remigio Ferro consideró que “es moderna, comprensible y práctica”, y aclaró que “cuando en algún caso no se hacen bien las cosas por quienes deben aplicarlas, no es por una dificultad que plantee la ley. Nos podemos sentir orgullosos de esta ley, porque cumple los principios enarbolados en la Constitución”.

“Es una ley moderna, comprensible y práctica, que permite un adecuado  enfrentamiento al delito. No obstante, el grupo de trabajo, cumpliendo las recomendaciones de la ANPP, evalúa la necesidad de mejorar la redacción de algunos de sus preceptos para facilitar su adecuada implementación”, dijo el presidente del Tribunal Supremo a los diputados.

Destacó que, además, cumple con los instrumentos internacionales que rigen para otros temas, “porque este es un Estado de derecho y justicia social también en el enfrentamiento al delito”.

Recordó que, a raíz de la entrada en vigor de la Ley 143, se emitieron orientaciones dirigidas a que las instituciones estuvieran capacitadas para implementar consecuentemente la normativa.

“Ha habido una intensa preparación de magistrados, jueces, fiscales, abogados, instructores, policías y especialistas del Ministerio de Justicia, posibilitando, en sentido general, el cumplimiento del debido proceso, aunque permanece la necesidad de continuar los entrenamientos y capacitaciones”, afirmó Remigio Ferro.

Añadió que “en este tiempo de vigencia, el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo emitió 16 instrucciones que son vinculantes, relacionadas con la Ley del Proceso Penal, el Código Penal y la Ley de Ejecución Penal. A partir de su vigencia, hay muchos espacios de intercambio entre los integrantes de estas instituciones. Son frecuentes los espacios de debate con respecto a las funciones de cada cual, para ser más efectivos”.

Informó que la Fiscalía ha destinado el 36% de sus fuerzas al proceso penal, con especial atención a La Habana. 

En un contexto de incremento de delitos y sus complejidades, y del número de denuncias en trámites en la policía y los órganos de instrucción penal, “hay más garantías, hay un aumento de la complejidad en la investigación y la presentación de los casos a los tribunales. Se incrementan las declaraciones de investigación y esclarecimiento con las autoridades”, comentó.

También señaló que en el periodo enero 2022-noviembre 2023 la Fiscalía identificó 929 nulidades, el 62% de ellas en la fase preparatoria, relacionadas con actos procesales que requirieron ser subsanados o repetidos. Por su parte, los tribunales decretaron 33 actos procesales nulos.

Entre las causas, mencionó el hecho de no constar el apercibimiento a los imputados del derecho de designar abogado o la comunicación al abogado de diligencias que generan elementos de pruebas, y la vulneración de procedimientos para la toma de muestras y de la cadena de guarda y custodia.

Igualmente, los tribunales devolvieron a la Fiscalía el 33% de los asuntos recibidos, con mayor incidencia en La Habana y Santiago de Cuba, por motivos como la necesidad de ampliar investigaciones, restablecer quebrantamiento de formalidades y la no correspondencia entre los hechos imputados y los investigados.

“El cumplimiento del debido proceso establecido en la Constitución y la ley incide en el incremento de diligencias y acciones de investigación, en la dilación de algunos asuntos, y demanda de mayor preparación de investigadores e instructores penales”.

El presidente del Tribunal Supremo recordó que el ejercicio del derecho a la defensa es muy importante. En todos los casos de imputados menores de 18 años, se garantizó la asistencia jurídica de oficio para la toma de declaración y en las audiencias de control judicial cuando no fue designado por la defensa.

“La presencia del abogado está garantizada desde el inicio del proceso. Para los imputados menores de 18 años, la ley establece un tratamiento especializado”, dijo.

La Fiscalía realizó 112 904 controles a la investigación en 2023, y autorizó la práctica de 1 663 diligencias de instrucción (técnicas especiales, toma de muestra, registro domiciliario y acceso a correspondencia). En múltiples ocasiones, aplicó criterios de oportunidad al estimar innecesaria la presentación del proceso al tribunal.

Aseguró con la medida de prisión provisional al 82% de los imputados, en la fase preparatoria, en los hechos de mayor gravedad, y al 57% en los atestados.

Remigio Ferro presentó algunas cifras que reflejan la marcha de la aplicación de la Ley del Proceso Penal:

–Ganado mayor: la prisión provisional fue aplicada al 84% de los imputados  en expedientes en fase preparatoria y en el 59% de los atestados.

–Drogas: se aplicó la prisión provisional al 92% de los imputados en expedientes de fase preparatoria y en el 80% de los atestados.

–Corrupción administrativa: 88% de los implicados con prisión provisional.

–Robo, sustracción y desvío de combustible: el 82% con prisión provisional.

Explicó que la persona en prisión provisional puede solicitar que el tribunal valore la pertinencia de mantenerle en prisión. “Ahora las víctimas pueden ser parte en el enfrentamiento, en la presentación de los casos. El 21% de las víctimas actuaron como parte en los procesos penales”.

En cuanto a las medidas cautelares, dijo que entre ellas resalta la prohibición de la salida del territorio nacional. La prohibición de acercamiento a la víctima se ha aplicado en 548 casos. También se ha aplicado la medida de suspensión de la licencia.

En materia de atribuciones a la Fiscalía, Remigio Ferro comentó que puede solicitar un archivo definitivo de los casos.

La ley, además, introdujo la posibilidad de que, al momento de iniciar el proceso, el acusado pueda manifestar acuerdo con la solicitud de la Fiscalía: no se hace, entonces, el juicio oral y se pasa directamente a la sentencia. 

Según lo expuesto por Remigio Ferro, en términos generales, desde la entrada en vigor de la ley fueron sancionados por los tribunales el 95% de los acusados. A alrededor de un 5% no se les demostró el delito, y el 70% recibieron sanciones con internamiento. 

Precisó que tipicidades delictivas de las más dañinas elevan esas proporciones. Hubo penas de internamiento en el 90% de los casos de crímenes relacionados con el ganado; en la malversación, el 72.2%; en el robo con fuerza, el 72%, y en el robo con violencia, alrededor del 84%. 

Además de las sanciones principales, los tribunales aplican como sanciones accesorias el decomiso o la fiscalización de bienes, la prohibición de acercamiento a la víctima y la negación de salida del territorio nacional, entre otras.

Entre los temas abordados en el periodo desde que entró en vigor la Ley del Proceso Penal, han estado el tratamiento de la víctima, mejorar los criterios de oportunidad para la Fiscalía, y la introducción de los actos de conciliación y conformidad.

“Con estas consideraciones, las complejidades y la necesidad de seguir capacitando a nuestros profesionales, tenemos el criterio de que la norma permite un adecuado enfrentamiento al delito y las ilegalidades”, sostuvo el presidente del Tribunal Supremo Popular.

 Tras la intervención de Rubén Remigio Ferro, el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional, José Luis Toledo Santander, afirmó que “estamos en presencia de una ley adecuada a los requerimientos del sistema penal moderno, que garantiza la preservación de la seguridad ciudadana en el país”.

Toledo Santander resaltó elementos como las garantías de actuaciones más equilibradas y, a la vez, la demanda de un salto cualitativo en los procesos.

La Ley 143 –apuntó– ha propiciado enfrentar con rigor consecuente los delitos en el país. “En su implementación ha exigido a los órganos un estudio exhaustivo de la ley. A partir de la experiencia en la aplicación de esta ley, se requiere perfeccionar su contenido en asuntos como la participación de las víctimas en el proceso penal y otros”. 

El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos subrayó que es fundamental que sus operadores garanticen la aplicación de la ley. 

“Consideramos que los tribunales, la Fiscalía y el Minint deben continuar el estudio exhaustivo de la ley, para presentar a la Asamblea las propuestas de perfeccionamiento. Estos órganos deben incrementar su participación en los protocolos de coordinación de sus trabajos”, señaló.

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