Las acciones del proyecto ECOVALOR permitieron elaborar la metodología cubana para evaluar la degradación de los bosques, resultado importante para implementar el pago por el servicio ambiental de remoción de carbono forestal en el país. Foto: Archivo IPS Cuba.


El pago por el servicio ambiental de remoción de carbono forestal representa un estímulo financiero para proteger la biodiversidad cubana

Redacción IPS Cuba

La Habana, 13 mar.- Con la aprobación por vez primera del pago por el servicio ambiental de remoción de carbono forestal, Cuba promueve la participación de sus actores económicos en ese mercado y la protección de la biodiversidad, al incentivar acciones encaminadas a reducir la contaminación y mitigar los impactos del cambio climático.

Desde el pasado 21 de febrero, “una persona natural o jurídica que posea a su cargo la administración de un área del patrimonio forestal que, como resultado del manejo sostenible de bosques, remueva carbono de la atmósfera”, tiene el derecho legal de solicitar y recibir el pago del incentivo correspondiente por esa actividad.

Según lo previsto en la Resolución 28 emitida hace alrededor de un mes por el Ministerio de la Agricultura, se aplica lo estipulado en la norma a tenentes de dicho patrimonio y a entidades involucradas en los procesos de toma de datos, determinación y certificación del carbono forestal, planificación del financiamiento y pago del incentivo.

En el texto se estipula que “la retención de carbono es la acumulación o almacenamiento de carbono en la biomasa de los árboles vivos” y establece una metodología para efectuar la solicitud del pago por el referido servicio ambiental.

Asimismo se designa al Instituto de Investigaciones Agroforestales (INAF) como la entidad certificadora cubana encargada de las mediciones vinculadas al cumplimiento de los requisitos para la obtención del incentivo.

Solución financiera innovadora

El procedimiento de pago por servicio ambiental de remoción de carbono forestal, mecanismo de financiamiento aplicado en distintos países, constituye una solución innovadora que se define en el Plan Financiero para la Biodiversidad del país, apunta una información en el sitio web del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD, por sus siglas en inglés).

Además, resalta la fuente su apoyo a la adopción de distintos mecanismos financieros en la nación caribeña encaminados a mitigar las brechas de financiación hacia los objetivos de desarrollo sostenible del país, así como las vinculadas al manejo sostenible de tierras y la preservación de la biodiversidad.

A la aprobación del pago por servicio ambiental de remoción de carbono en Cuba contribuyeron la Iniciativa para la Financiación de la Biodiversidad, alianza colaborativa internacional, y el proyecto ECOVALOR.

La labor de este último desde 2019 en 21 sitios de intervención, entre ellos cinco empresas agroforestales y 10 áreas protegidas, permitió elaborar la metodología para evaluar la degradación de bosques, resultado importante para implementar la Resolución 28.

Previo al establecimiento de la norma, representantes del PNUD colaboraron con especialistas de los ministerios de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, de la Agricultura, de Finanzas y Precios, de Economía y Planificación y otras entidades cubanas que participan en el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta 2030.

Aylem Hernández, directora en Cuba de ECOVALOR, declaró a la prensa que ese proyecto financiado por Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF, por sus siglas en inglés) y el PNUD facilitó el equipamiento para lograr que se validara el procedimiento de pago por servicio ambiental de remoción de carbono y construir un marco legal.

Otros incentivos para nuevos actores económicos

Desde el 21 de abril venidero, la entrada en vigor de la Resolución 27 del Ministerio de la Agricultura, que contiene el reglamento actualizado para la importación de plantas, productos de origen vegetal y otros susceptibles de causar perjuicios al estado fitosanitario, autoriza a los nuevos actores económicos a importar productos para el consumo humano.

Se les permitirá realizar importaciones de té, tilo, manzanilla y otras hierbas medicinales secas y sin raíces, frutos secos procesados y semielaborados, ya sean tostados, salados o azucarados; contenidos en envases herméticos y sellados, especias secas, pastas alimenticias, arroz pulido, harinas vegetales, garbanzos, lentejas, gelatinas, féculas, chícharos y frijoles, entre otros productos.

Dicho reglamento, que busca proteger al país de la introducción y difusión de plagas, así como de enfermedades presentes en las plantas, regula lo relativo a los escenarios del depósito aduanero y los cuidados en el tráfico de especies vegetales vivas y sus partes, además de productos alimentarios naturales o semielaborados. (2024)

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